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Estas son las competencias de Migración Colombia en la identificación de extranjeros
- La Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, como autoridad nacional en materia de vigilancia, control migratorio y extranjería, informa a la ciudadanía y a los medios de comunicación sobre sus competencias en los procesos de identificación de personas extranjeras, en el marco del seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional en el sistema penitenciario y carcelario (Sentencia SU-122 de 2022).
De acuerdo con el artículo 114 del Código de Procedimiento Penal, la Fiscalía General de la Nación es la entidad responsable de la individualización de personas en procesos judiciales. Migración Colombia apoya estos procesos cuando se requiere verificar la situación migratoria de un extranjero, pero no tiene competencia para determinar su identidad plena.
La identificación plena de un extranjero es una función que corresponde a los consulados de sus países de origen, conforme al Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963.
Migración Colombia puede verificar si la persona cuenta con registro migratorio en sus bases de datos, pero no suplanta las funciones consulares.
Ante la falta de relaciones diplomáticas con Venezuela, que fueron restablecidas en 2022, la entidad implementó un instructivo especial para apoyar a las autoridades judiciales. Este procedimiento incluye:
- Consultar sus bases de datos para aportar información migratoria.
- Emitir un registro administrativo migratorio (Historia de Extranjero) cuando no se encuentren datos previos.
Migración Colombia puede verificar la identidad y situación migratoria de un extranjero (Decreto 1067 de 2015, Art. 2.2.1.13.3.2), tal como lo avala la Corte Constitucional en la Sentencia SU-397 de 2021. Esto, sin embargo, no equivale a una individualización judicial.
Entre 2024 y 2025, Migración Colombia ha colaborado en procesos de individualización en coordinación con otras autoridades. En 2024, se atendieron 5.610 casos y, en lo que va de 2025, 4.314, sumando un total de 9.924 casos.
Además, Migración Colombia avanza en la firma de convenios con entes territoriales para implementar centros facilitadores de servicios migratorios, con el objetivo de optimizar los procesos para la población privada de la libertad.
Procedimiento de identificación en caso de captura en flagrancia:
1. Paso 1: Se consulta si la persona está registrada en las bases de datos de la Registraduría Nacional.
- Si hay coincidencia (se denomina HIT): Se judicializa como colombiano.
- Si no hay coincidencia (se denomina NO HIT): Se presume extranjería y se notifica a Migración Colombia.
2. Paso 2: Migración Colombia verifica sus bases de datos.
- Si hay registro migratorio: Se entrega la información a la autoridad judicial.
- Si no hay registro migratorio: Se elabora un registro administrativo migratorio con datos biográficos, huellas y fotografía.
Finalmente, este documento es entregado a la autoridad que tiene la custodia del ciudadano para continuar con el trámite de judicialización. En caso de ser condenado, el documento será entregado en el lugar de reclusión correspondiente.
Migración Colombia reafirma su compromiso con el respeto a los derechos humanos, la legalidad y la cooperación interinstitucional dentro del marco de sus competencias legales.
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Migración Colombia